Cuando un socio muere… y la empresa también: el caso Naranpol y la lección que nadie te cuenta

¿Puede una empresa caer solo porque fallece uno de sus socios? Sí, y pasó en Argentina. Te contamos el caso real de Naranpol, una marca que parecía indestructible… hasta que una muerte inesperada la dejó sin rumbo.

Cuando un socio muere… y la empresa también: el caso Naranpol y la lección que nadie te cuenta

Imaginemos una empresa familiar que lleva años en el mercado, con una marca reconocida y una clientela fiel. Todo marcha sobre ruedas hasta que, de repente, fallece uno de los socios clave. Este golpe inesperado puede desestabilizar por completo la estructura de la empresa y, si no se toman las medidas adecuadas, llevarla a la ruina.

Un ejemplo real de esto es lo que ocurrió con la empresa Naranpol. Tras el fallecimiento de su fundador, Carlos Galán, en 2010, la compañía enfrentó una crisis debido al mal manejo por parte de sus sucesores, lo que llevó a la quiebra en 2011.

Este tipo de situaciones nos recuerda la importancia de contar con un seguro societario. ¿Por qué? Porque este seguro actúa como una red de seguridad financiera que permite a la empresa afrontar la pérdida de un socio sin que ésto signifique su fin. Además, el artículo 90 de la Ley de Sociedades Comerciales en Argentina establece que, en caso de fallecimiento de un socio, los herederos pueden incorporarse a la sociedad si así lo prevé el contrato social. ​

Sin embargo, la incorporación de herederos no siempre es la solución ideal, ya que pueden no estar preparados o interesados en la gestión del negocio. Aquí es donde el seguro societario juega un papel crucial, ya que proporciona los fondos necesarios para que la empresa pueda recomprar las acciones o participaciones del socio fallecido a sus herederos, garantizando así la continuidad del negocio en manos de quienes realmente conocen y manejan la empresa.​

En resumen, contar con un seguro societario es una estrategia inteligente para proteger el futuro de tu empresa y asegurar que, ante cualquier imprevisto, el negocio pueda seguir adelante sin contratiempos.


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Todo va bien hasta que deja de ir. Uno se asocia con alguien en quien confía, arrancan un negocio, lo hacen crecer, se reparten funciones, gastos, alegrías y broncas… hasta que un día, uno de los dos ya no está. Literalmente.

La muerte de un socio no solo duele. También puede ser una pesadilla legal y financiera que pone en jaque la continuidad del negocio.

¿Qué dice la ley?

El artículo 90 de la Ley General de Sociedades (ex Ley de Sociedades Comerciales) lo deja claro: si fallece un socio en ciertos tipos de sociedades (como la sociedad colectiva, de capital e industria, SRL, en comandita simple o en participación), eso resuelve parcialmente el contrato.

Y si bien el contrato social puede prever que se continúe con los herederos del socio fallecido, no siempre es tan fácil. Los herederos pueden no querer saber nada con la empresa. O pueden querer meterse... y eso puede ser incluso peor si no tienen idea de cómo funciona.

Y eso no es todo…

A partir del artículo 90, la ley se pone todavía más densa para el socio que sobrevive:

  • Artículo 91: Si no hay pacto para continuar con los herederos, la parte del socio fallecido debe liquidarse. O sea, la empresa le tiene que pagar a los herederos lo que valía la participación del socio muerto. ¿Tenés ese dinero a mano? ¿En un plazo corto?
  • Artículo 92: Si la liquidación de esa parte no se hace de común acuerdo, se puede pedir la intervención del juez, lo que implica un proceso judicial con costos, demoras e incertidumbre.
  • Artículo 94 y 95: En una sociedad de solo dos socios, si uno fallece, el otro tiene 90 días para incorporar un nuevo socio. Si no lo hace, la sociedad queda disuelta. O sea: además de estar de duelo, tenés tres meses para convencer a alguien de entrar a una empresa que acaba de sufrir un sacudón. Suerte con eso.

¿Te das cuenta del quilombo?

La muerte de un socio no solo pone en riesgo la salud emocional de quien queda. También pone en jaque la continuidad de la empresa, porque:

  • Podés quedarte sin fondos para pagar la parte del socio fallecido.
  • Podés entrar en una batalla judicial con los herederos.
  • Podés perder la personería jurídica si no incorporás a alguien a tiempo.
  • Y en el medio, el negocio se detiene, se deteriora… o se muere con tu socio.
  • La solución que nadie te contó: el seguro societario

Existe una herramienta pensada exactamente para este tipo de situaciones. Se llama seguro societario y te cubre las espaldas cuando pasa lo impensado.

¿Cómo funciona?

  • Contratás un seguro que cubre el valor estimado de la participación de cada socio.
  • Si uno de ustedes fallece, el seguro paga una suma al socio sobreviviente para que pueda comprarle esa parte a los herederos sin poner en riesgo las finanzas de la empresa.
  • No hay que ir a juicio, ni negociar bajo presión, ni correr contra el reloj.

Y lo mejor: es deducible del impuesto a las ganancias. O sea, te conviene incluso desde lo fiscal.


No es un gasto. Es un salvavidas.
Si tu empresa vale algo, si tiene empleados, clientes, proveedores… protegerla es parte de tu responsabilidad. No dejés que todo se venga abajo por no haberlo previsto.

Si querés saber más o cotizar un seguro societario para tu empresa, escribinos. Te lo explicamos sin vueltas.

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