Empresas: ¿Qué hay de cierto en la obligatoriedad de contar con guarderías y de dónde proviene?
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Te transcribo textual el artículo 179, de la LCT:
El mencionado artículo 179 de la LCT establece, en cuanto a los descansos diarios por lactancia que se deben conceder a las mujeres trabajadoras, lo siguiente:
Art. 179: Toda trabajadora madre de lactante podrá disponer de 2 (dos) descansos de media hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de trabajo, y por un período no superior a 1 (un) año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por un lapso más prolongado
En los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan.
O sea: el tema es viejo; sin embargo, fue en el 2022, cuando el Gobierno reglamentó el artículo.
En 2021, el máximo tribunal del país, le ordenó al Gobierno que reglamente y ponga en vigencia el cuestionado artículo que obliga a las empresas a contar con guarderías para los hijos de los empleados de entre 45 días y tres años de edad.
Según la letra del decreto que firmó el presidente Alberto Fernández, “en los establecimientos de trabajo donde presten tareas 100 personas o más, independientemente de las modalidades de contratación, se deberán ofrecer espacios de cuidado para niños de entre 45 días y 3 años, que estén a cargo de los trabajadores durante la respectiva jornada de trabajo”.
En el caso de la “habilitación y las condiciones de las salas de cuidado de niños”, éstas “deben cumplir la legislación específica de cada jurisdicción”. También está la posibilidad de “subcontratar el funcionamiento de las salas de cuidado de niños".
Como opción, los empleadores podrán reemplazar la guardería por “el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados”, figura en el decreto presidencial.
El pago del adicional deberá ser una suma equivalente al 40 % del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del personal de casas particulares, o al monto efectivamente gastado en caso de que sea menor”.
Para el cómputo de la cantidad de personas que trabajan en el establecimiento se tiene en cuenta el personal dependiente del establecimiento principal y el personal dependiente de otras empresas que presta servicios en el establecimiento principal.
En caso de teletrabajo, cuando la persona que trabaja está anexada al establecimiento, la obligación de dar salas de cuidado de niños y niñas puede cumplirse con el pago de una suma dineraria no remunerativa.
El pago de esa suma debe cumplir todos los requisitos indicados para el Reintegro de gastos de cuidado.
Hasta acá, ¿qué podemos decir? ¡Nada más lógico que permitir a los padres, trabajar tranquilos sabiendo que sus hijos están bien cuiidados!
Pero siempre hay dos caras en la misma moneda.
“Locura” o “absurdo” fueron algunos de los calificativos que utilizaron los empresarios para describir la nueva medida. Además llegaron a considerar que tarde o temprano el costo extra terminará impactando en el precio de los productos. Esta disposición también les dio pie para insistir en la necesidad de una reforma integral de las leyes laborales en el país.
La verdad es que, en el estado en que está la economía argentina, las empresas están como los pescados: boquiando para sobrevivir.
“Acá, ¿quién le pregunta a un empresario si puede tener una guardería, si incide sobre su costo, si está en sus posibilidades? Simplemente lo dan por hecho”, lanzó Daniel Ariosto, titular de la Unión Comercial e Industrial de Mendoza (UCIM).
“Una empresa de comestibles o metalmecánica o una minera, un comercio o un supermercado, lo que sea, ¿por qué tiene que ponerse una guardería? Todos los días salen con una nueva y todas disfrazadas de populismo, por supuesto”, agregó Ariosto.
Matías Díaz Telli, presidente de la Unión Industrial de Mendoza (UIM) confirmó que desde la entidad adhirieron al acuerdo que se llevó a cabo con la CGT para pagar la suma extra (ítem guardería) a cada trabajador con hijos entre 45 días y 3 años. Estará vigente hasta mediados de año y luego quedará sujeto a revisión.
Pero ese arreglo momentáneo, no quitó que el presidente de la UIM se muestre altamente crítico: “Ésto es un absurdo”.
“Para tener una guardería, necesitas tener profesionales que le presten la contención que necesita un niño o un bebé desde los 45 días a los tres años. Tenés que hacer una limpieza específica, porque no es lo mismo lo que vos ensuciar en tu puesto de trabajo que lo que ensucia un niño, lugares adatados, seguros. Acá le sumás costos a las empresas pero al final a la sociedad entera, porque la empresa en el primer minuto lo absorbe, pero en el mediano plazo todo eso se traslada a los precios”, afirmó Díaz Telli.
Unicef se expidió al respecto, con un extenso estudio en 28 empresas argentinas, dando los siguientes resultados:
El falso dilema entre "políticas de cuidado" y la baja en la productividad
Desde el ámbito empresarial, frecuentemente suelen emplearse argumentos en contra de la incorporación de políticas de cuidado (en especial de la extensión de licencias de maternidad, paternidad y la apertura de centros de cuidado infantil) señalando que estas medidas generan mayores costos laborales y que resultan en una menor productividad.
Sin embargo, la realidad es a la inversa: ampliar las licencias y generar las condiciones e infraestructura para el cuidado de los hijos del Personal, mejora el crecimiento económico, la productividad y el rendimiento de las empresas, ya que disminuye las tensiones en la conciliación de la vida familiar y laboral, permite una mejor planificación y fomenta un mayor compromiso de los trabajadores con su empleo.
El informe aborda estos mitos que vinculan a las políticas de cuidado con una reducción del crecimiento económico y la productividad contrastándolos con evidencia empírica.
Dado el rol fundamental de las empresas como agentes de desarrollo y de la promoción de una mejor conciliación de la vida laboral y familiar, es imprescindible debatir socialmente herramientas y soluciones para favorecer y promover servicios, tiempos y espacios de cuidado que fortalezcan la trayectoria e inserción laboral de las personas.
Nuestra opinión:
Una medida conciliatoria y beneficiosa para todos sería, por ejemplo, exenciones impositivas, incentivos fiscales y/o mecanismos de deducción de gastos para empresas que brinden centros de cuidado infantil o compensación económica (de un monto mínimo establecido por ley) a los trabajadores con hijos pequeños. Además, en la planificación de parques industriales, se pueden incluir espacios adecuados para la implementación de cen- tros de cuidado infantil, entre otras.
En la actualidad, los talentos mandan, las empresas "obedecen".
La retención de Colaboradores se volvió un factor crucial entre empresas. ¿Qué condiciones de trabajo otorgan y cómo evitan la rotación laboral?
La solución de hoy no es simplemente una buena remuneración. El secreto está en los beneficios que la empresa le ofrece a sus Colaboradores.
Las formas de trabajo cambiaron rotundamente en el mundo y las condiciones se tornaron más flexibles desde la pandemia. Ahora, los trabajadores valoran cada vez más el equilibrio entre la vida personal y laboral, por lo que privilegian los empleos que ofrezcan un modelo que se adecúe a su rutina del día a día.
En este contexto, no basta con que las empresas ofrezcan puestos con una buena remuneración, sino que lo que éxito de fidelización es la variedad de beneficios que buscan atraer a los Colaboradores productivos.
En Argentina, siete de cada 10 empleadores no logran conseguir los perfiles que buscan, en un mundo en el que el talento se convirtió en el recurso más escaso en épocas de empleo 4.0.
En diálogo con iProUP, Gustavo Aguilera, ejecutivo de ManpowerGroup, afirma: "Las empresas que quieran ser competitivas deben prestar especial atención a las prioridades de las personas a la hora de diseñar sus esquemas laborales e implementar políticas de RR.HH."