En la era de las comunicaciones, el teletrabajo
Hasta el siglo pasado, el mercado laboral mundial se “mapeaba” así: 80% personas empleadas en relación de dependencia y 20%, empleadores y trabajadores independientes.
Pero la globalización, los cambios culturales y sociológicos y ahora la pandemia, han ido transformando este esquema por completo.
El auge de las pymes, de los emprendedores independientes, free-lancers y la impresionante preferencia por trabajar desde casa, han revertido completamente los viejos porcentajes.
El “teletrabajo” es hoy, el gran protagonista, ya sea en la modalidad independiente (freelancer monotributista) o en relación de dependencia . Y llegó para quedarse. Difícilmente, derrotada la pandemia, haya una vuelta atrás.
La Argentina tuvo que adecuarse al nuevo escenario.
Para las empresas que contratan teletrabajadores, rigen las mismas leyes y normas generales del trabajo: la Constitución Nacional, Ley de contrato de trabajo 20744, Ley de jornada laboral 11544, convenios colectivos de trabajo que rigen en la actividad, ley de higiene y seguridad (19587 y su decreto reglamentario 467), etc.Además, el ministerio de Trabajo ha establecido para la implementación del teletrabajo las siguientes resoluciones:• Resolución 595/13 que establece y da un marco jurídico-normativo al establecer una serie de pautas vinculadas a las condiciones de trabajo, la seguridad e higiene y las obligaciones de las partes.• Otra resolución 239/13, del ministerio de Trabajo, dispuso que los trabajadores en la situación prevista por los artículos 211 y 212 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) puedan optar por la modalidad de teletrabajo para continuar las prestaciones laborales en caso de no estar en condiciones de realizar anteriores tareas.• También, la resolución 1552/12 donde establece que el empleador debe darle al trabajador una silla ergonómica, un matafuego, un botiquín de primeros auxilios y un mouse.• El servicio técnico de seguridad e higiene visitará el domicilio y deberá dejar constancia de que en el lugar donde el empleado teletrabajará es o no apto para realizar tareas laborales.Sin necesidad de moverse del hogar y realizando otras tareas, se puede teletrabajar.El teletrabajo puede contribuir a fomentar la inclusión de mujeres, personas con discapacidad y otros grupos sociales en el ámbito laboral.