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Cuando muere una persona y deja bienes, debe iniciarse una sucesión ante la justicia. En ese momento se produce la transmisión de su herencia.

La sucesión puede estar compuesta de dos maneras: cuando la persona deja un testamento o no.

  • Testamentaria: es la que se abre cuando la persona deja un testamento en el que dispone de sus bienes.
  • Por la ley: es la que se abre cuando no hay testamento y se aplican las reglas del Código Civil y Comercial para distribuir el patrimonio de la persona fallecida.

Hasta el 2015, en la Argentina, la herencia era forzosa, o sea: cónyuge e hijos, en primera isntancia. Pero luego de la modificación del Código Civil y Comercial, tomó protagonismo la figura del testamento.  Pero ésto será motivo de otra charla.

Centrémonos en las deudas que deja el fallecido.

¿El heredero responde con sus propios bienes por deudas del fallecido?

No. Como principio general, el heredero no debe pagar las deudas del fallecido. (causante) con sus propios bienes. Los acreedores del causante pueden cobrar con los bienes recibidos en herencia y hasta el límite de esos bienes.

¿Hay algún caso en que el heredero tiene que pagar con sus bienes deudas del causante?

Sí. El heredero debe pagar las deudas del causante con sus propios bienes cuando:

  • No hace el inventario de los bienes en el plazo de 3 meses desde que los acreedores se lo exigen en el juicio.
  • Oculta bienes de la sucesión en forma fraudulenta.
  • Agranda dolosamente el monto de las deudas de la sucesión.
  • Vende bienes de la sucesión, a menos que el precio sea conveniente y sea incorporado a la herencia.
¿Qué pasa si el heredero tiene acreedores y renuncia a la herencia?

Si el heredero renuncia a la herencia, los acreedores pueden pedirle al juez que los autorice a aceptarla en su nombre. En ese caso, la aceptación de la herencia sólo favorece a los acreedores que hicieron el pedido de autorización y por el monto de sus créditos.

¿Qué pasa con la herencia si el causante tenía deudas y el heredero también las tiene?

En ese caso, primero cobran con los bienes de la sucesión los acreedores del causante y después los del heredero.

Recordemos que, para salir de estos aprietos, lo mejor es haber contratado con tiempo, un seguro sucesorio.

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