Repasemos las medidas estatales que ayudan en pandemia

Aquí les dejamos una breve reseña de la normativa más relevante a nivel nacional en materia impositiva y de la seguridad social, así como regulaciones bancarias con impacto en las empresas que se han dictado en esta décima quinta semana de aislamiento social.

Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) – Nuevas definiciones

SAC – Mes de Junio:

El beneficio del Salario Complementario se calculará, con independencia de la cantidad de trabajadores, de la siguiente manera: sobre el 83% de la remuneración bruta de abril, se aplica el 50% como beneficio y dicha suma no puede ser menor a un SMVM ni superior a 2 SMVM. Comprende a las actividades incluidas en las Actas del Comité conformadas por las Decisiones Administrativas emitidas hasta la fecha, tanto para trabajadores de zonas en Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) como para aquellos trabajadores que efectivamente presten servicios en zonas con que se encuentren en fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DSPO).

Nuevas condiciones de admisibilidad:

- Período base: remuneraciones devengadas en abril.

- Facturación: variación del 5% positivo de la facturación de los empleadores comparando los períodos mayo de 2019 con mayo de 2020, en tanto que en el caso de las empresas que iniciaron sus actividades entre el 1° de enero de 2019 y el 30 de noviembre de 2019, la comparación de la facturación del mes de mayo de 2020 debería hacerse con la del mes de diciembre de 2019. Asimismo, se propone que respecto de las empresas que iniciaron su actividad a partir del 1º de diciembre de 2019 -al igual que las que la iniciaron durante el año 2020- no se considerará la variación de facturación a los efectos de la obtención del beneficio del Salario Complementario.

- Límite de salario bruto para el beneficio: $140.000 brutos del período base.

- Demás reglas: idem a los ATP otorgados anteriormente.

- Pluriempleo: se aplican mismos límites que los descriptos y se otorga, siempre que corresponda, independientemente del encuadramiento del empleador.

Requisitos:

- Continúan los mismos requisitos aplicables para los ATP otorgados anteriormente.

- Nuevo requisito para empresas con más de 800 trabajadores: no podrán incrementar los honorarios, salarios o anticipos de los miembros de los órganos de administración más de un CINCO POR CIENTO (5%) en términos nominales de su valor en pesos, respecto del último monto establecido por el plazo de vigencia del punto anterior.

Nuevas actividades beneficiadas:

Se incorporan al Programa ATP distintas actividades vinculadas a la minería no metalífera.

Contribuciones Patronales:

Las empresas que desarrollan actividades críticas gozarán del beneficio de reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA).

Las empresas que desarrollen el resto de las actividades, y que sean beneficiarias del programa, gozarán del beneficio de postergación del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA).

Créditos a Tasa Cero:

El otorgamiento de dichos beneficios se extenderá hasta el 31 de julio del corriente, solicitándose a la AFIP que considere las posibles modificaciones, con la finalidad de ampliar el universo de efectivos beneficiarios.

Régimen de Regularización – Prórroga

Se extiende hasta el 31 de julio de 2020, inclusive, el plazo establecido en el último párrafo del artículo 8º de la Ley N° 27.541 para que los contribuyentes puedan acogerse al Régimen de Regularización establecido en el Título IV de esa ley. La primera cuota de los planes de facilidades que se presenten en el marco del citado régimen, desde el 1° de julio y hasta el 31 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 18 de agosto de 2020

AFIP – ATP - Inscripción

Se dispone que los empleadores podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP”, desde el 26 de junio de 2020 hasta el 3 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, a los efectos de obtener –de así corresponder- los beneficios establecidos en los incisos a) y b) del artículo 2º del Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que se devenguen durante el mes de junio, de conformidad con lo dispuesto por la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 1.133 del 25 de junio de 2020

AFIP – Créditos a Tasa Cero

Dada la prórroga hasta fines de julio del programa de Créditos a Tasa Cero, se adecúan los plazos para la registración y suministro de información, así como también se precisa las obligaciones a cargo de las entidades bancarias en función al mes en que ocurra el primer desembolso del crédito.

AFIP – ATP – Nuevos empleadores

Se dispone que los empleadores que potencialmente sean beneficiarios del programa, que iniciaron sus actividades entre enero y abril de 2019, podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP” desde la fecha de entrada en vigencia de la presente y hasta el 3 de julio de 2020, inclusive, a los efectos de obtener el beneficio devengado en el mes de mayo 2020

AFIP – Régimen de Facilidades de Pago

Se extiende hasta el 31 de julio de 2020, inclusive, la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables, de la RG 4268 (Régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES” para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras)

AFIP – Datos biométricos

Se prorroga hasta el día 31 de julio de 2020, inclusive, la eximición de la obligación de registrar los datos biométricos (conforme RG 4699)

AFIP – Telegramas laborales

Los trabajadores que, en el marco del artículo 11 de la Ley N° 24.013 y sus modificaciones, envíen una comunicación laboral al empleador, podrán utilizar el servicio denominado “Telegramas Laborales” a efectos de enviar a la AFIP la copia prevista en el mencionado artículo.

AFIP – Trámites web

Se establece, con carácter de excepción y hasta el 31 de julio de 2020, la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, para realizar electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se detallan en la medida.

AFIP – Feria Extraordinaria

Se fija un nuevo período de feria extraordinaria, desde el 29 de junio hasta el 17 julio inclusive, con el alcance de las previsiones de la RG 1983. Continúan exceptuados de la feria los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a la AFIP por la OCDE.

AFIP – Personal de Salud, Fuerzas Armadas y de Seguridad

Se precisa el procedimiento que deberán observar los agentes de retención a los efectos de la liquidación del impuesto a las ganancias, con motivo de la incorporación de las remuneraciones exentas en el marco del régimen establecido por la Ley N° 27.549 (Personal de Salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros).

AFIP – Procedimiento transporte de combustibles

Se modifica la RG 4552 relativa al procedimiento para la habilitación de los medios de transporte proveedores de combustibles.

AFIP – Procedimiento – Clave Fiscal

Se prorrogan hasta el día 31 de julio de 2020 las medidas adoptadas mediante la RG 4727, que dispuso con carácter excepcional la posibilidad de efectuar el blanqueo de la Clave Fiscal, a efectos de obtener el Nivel de Seguridad 3 requerido para acceder a determinados servicios informáticos del Organismo, a través de los cajeros automáticos habilitados por las entidades bancarias. A su vez, estableció que los sujetos que requieran acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas, a los fines de revestir la condición de administrador de relaciones de las mismas, suministren la documentación necesaria mediante la utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”.

AFIP – Regularización de deudas – MiPyMES y otros

Se adecua la RG 4667 en concordancia con lo dispuesto por el referido Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 569/20, que prorrogó el plazo de adhesión al régimen hasta el 31 de julio. La citada RG estableció el procedimiento a observar por los contribuyentes y responsables, a fin de acceder al régimen de regularización establecido por la Ley 27.541.

Plazos Administrativos - Suspensión

Se prorroga la suspensión del curso de los plazos establecida por el Decreto N° 298/20 y sus complementarios, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, hasta el 17 de julio de 2020 inclusive. Se exceptúa de la suspensión a todos los trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por la Ley N° 27.541 y a los procedimientos de selección que tramiten a través del Sistema “COMPR.AR”. Por último, se dispone que cada jurisdicción o entidad del Estado Nacional pueda realizar excepciones cuando así lo requiera

Producción – Autorización de exportación

Se autoriza, de conformidad a las previsiones dispuestas en el Artículo 14 del Decreto N° 576 de fecha 29 de junio de 2020 (excepciones al ASPO), a determinadas empresas que realizan producción para la exportación.

Producción – Programa Soluciona

Se crea el “Programa Soluciona” en la órbita de la Secretaría de Industria del Ministerio de Desarrollo Productivo, con el objetivo de brindar asistencia financiera a empresas para favorecer la reactivación económica del país mediante el desarrollo y/o la implementación de soluciones, productos y/o servicios innovadores generadas por los sectores de la economía del conocimiento orientadas a brindar soluciones que atiendan a las problemáticas sanitarias, económicas y productivas generadas por la Pandemia.

BCRA – Sumarios

Se establece una nueva prórroga, hasta el 17 de julio de 2020, de la suspensión de las actuaciones sumariales cambiarias y financieras, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplan en dicho período por no ser necesaria en ellos la intervención de los encausados.

BCRA – Reestructuración de saldos

Se aclara que la reestructuración de los saldos impagos de financiaciones, distintos al régimen de tarjetas de crédito, alcanza exclusivamente a los que se generen a partir del 20 de marzo del corriente año, sin contemplar cuotas impagas y vencidas con anterioridad.

IGJ – Fiscalización electrónica

Se reglamenta la actividad de fiscalización de la Inspección General de Justicia (IGJ), la que podrá realizarse de manera remota.

CSJN – Feria Extraordinaria

Se prorroga la feria extraordinaria originalmente dispuesta en la acordada 6/2020, desde el 8 al 28 de junio de 2020, ambos incluidos, respecto de todos los tribunales nacionales y federales no incluidos en acordadas anteriores. Por su parte, se dispone el levantamiento de la citada feria para ciertos tribunales de Córdoba, Comodoro, Bahía Blanca, General Roca, Posadas y Salta

Código Civil – Cambios

Se promulga la ley 27.551 que dispone reformas en el Código Civil y Comercial de la Nación. Más allá de diferentes cambios en la ley de alquileres, se dispone entre otros la posibilidad que las partes de un contrato puedan constituir un domicilio electrónico en el que se tengan por eficaces todas las notificaciones, comunicaciones y emplazamientos que allí se dirijan.