01 de octubre: Nace el SIRCUPA, nuevo impuesto en las billeteras virtuales

Lo que faltaba... R.G. 9/2022 SIRCUPA: nuevo régimen de retención aplicable a las billeteras virtuales.

01 de octubre: Nace el SIRCUPA, nuevo impuesto en las billeteras virtuales

Foto de Gus Ruballo en Unsplash

La R.G. 9/22, crea un nuevo sistema de recaudación llamado SIRCUPA. Este nuevo régimen se va a aplicar en cuentas abiertas en PSP, más conocidas como billeteras virtuales, como Mercado Pago, Ualá, Rebanking, Lemon, etc.

Todo este tema está vinculado el "nuevo impuesto al wifi". O sea que, a partir de hoy, la Comisión Arbitral considera a internet como un "nexo jurisdiccional", por ejemplo:

"Si yo estoy en Neuquén y hago una venta de un producto (o presto un servicio)  on line a un cliente que vive en Buenos Aires, al transferirme el pago a través de mi  billetera virtual, voy a sufrir una retención de ingresos brutos.

No termina acá.

Al recibir una retención SIRCUPA tendré que inscribirme al Convenio Multilateral y ahí se pudrió todo. Si eras monotributista con regímen simplificado ( o sea que en el pago del día 20, está incluído el impuesto al monotributo más ingresos brutos) , ahora fuiste. Perdés el régimen simplificado.

Tendrás que tributar ingresos brutos en las dos provincias.  Ni hablar si vendés por ejemplo, por Mercado Libre, donde tus clientes pueden ser de cualquier provincia.

Resúmen: se aplica a todas las cobranzas que recibas en tu billetera virtual.

Es importante aclarar que, hasta hoy, de las veinticuatro jurisdicciones (provincias) sólo se han adherido ocho:

A partir del 1º de octubre de 2022:

  • Córdoba
  • Mendoza
  • Neuquén
  • Santa Cruz
  • Tierra del Fuego

A partir del 1º de noviembre de 2022:

  • San Juan

A partir del 1º de diciembre de 2022:

  • Jujuy

Obviamente, es de esperar que apenas se inicie el 2023, se adherirán todas las demás.

Para consultarnos

Jolivet Grupo Financiero