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La medida que se oficializó a través del decreto 512/2021 publicado en el Boletín Oficial y tiene como objetivo, ayudar a los sectores más vulnerables en el marco de la pandemia por coronavirus.

Está creado para asistir a los monotributistas, especialmente los adheridos al Regímen Simplificado y, así, acompañar el proceso de recuperación productiva.

El importe del préstamo varía según las categorías del monotributo donde te encuentres:

  • $90.000 para la categoría A
  • $120.000 para la categoría B
  • $150.000 para las restantes.

El Crédito a Tasa Cero 2021 es otorgado a través de la AFIP y no del  Anses, como se creyó en un principio.  Deberás realizar el trámite para obtener el beneficio en la página web de la Afip.

La  AFIP dejó bien claro que para poder acceder a este beneficio los monotributistas deberán:

  • Estar inscriptos en cualquier categoría del monotributo.
  • No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal. No pueden solicitar el beneficio si en el período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020, al menos el 70% de su facturación fue emitida a jurisdicciones o entidades que integren el sector público.
  • No percibir ingresos de trabajos en relación en dependencia o provenientes de una jubilación.
  • El monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 no haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado. Los trabajadores autónomos tomarán el período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020.
  • En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.
  • No contar con situación crediticia 3, 4, 5 o 6. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto.

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