"¡Alerta! ¿Embargo de Jubilación? Descubre los Pasos Definitivos para Proteger tus Ingresos Ahora Mismo"

Las jubilaciones y las pensiones argentinas, ¿son embargables? ¿en qué casos?

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Photo by Alvis Taurēns / Unsplash

La pensión y/0 jubilación  de una persona mayor, en la mayoría de los casos, está protegida de embargos. Un juez o el Estado generalmente no pueden tomar parte de los ingresos de un jubilado de manera arbitraria. Sin embargo, existen excepciones muy raras y poco comunes según la legislación argentina que permiten embargar una pensión. A continuación, detallaremos en qué circunstancias una pensión puede o no ser embargada, y recomendamos encarecidamente consultar a un abogado de confianza ante cualquier intento de retener parte de los ingresos de un jubilado en Argentina.

¿Por qué la jubilación/pensión  es inembargable?

Las pensiones suelen ser de menor cuantía que los salarios, por lo que es poco común que un juez apruebe un embargo sobre ellas. Según la legislación vigente, solo son inembargables aquellas pensiones que no superan el valor de un Salario Mínimo, Vital y Móvil, como suele ser el caso de las pensiones de las categorías más bajas. Este límite actúa como una protección contra el embargo de parte de los ingresos. A la fecha de este artículo, el Salario Mínimo, Vital y Móvil se sitúa en 202.800 pesos mensuales.

Además, los embargos son aplicables en casos civiles y no en el ámbito de la seguridad social. Las prestaciones jubilatorias y pensiones en Argentina están protegidas de embargos según el artículo 14 , inciso c) de la ley 24.241, que establece que son personalísimas y no pueden ser enajenadas ni afectadas a terceros, excepto en casos específicos como cuotas alimentarias y gastos legales.

¿En qué casos se puede embargar la jubilación/pensión?

Legalmente, hay dos situaciones en las que la jubilación de una persona en Argentina puede ser embargada:

  1. Cuando se trata de créditos adquiridos con consentimiento expreso del titular.
  2. Por motivos de cuotas alimentarias y gastos legales.

En el caso de cuotas alimentarias, el Código Civil y Comercial permite a los ascendientes del obligado a pagar alimentos, generalmente los abuelos del beneficiario, solicitar un embargo sobre la jubilación. Sin embargo, es necesario demostrar la dificultad para recibir los alimentos del obligado principal.

¿Qué hacer si se embarga la jubilación/pensión?

Aquellos cuyas pensiones sean embargadas por alguna de estas razones deben consultar a un abogado para determinar si es posible impugnar el embargo. También es posible reducir el monto del embargo mediante una impugnación, ya que legalmente está limitado al 20% del monto mensual de la pensión.

Existen varios motivos para impugnar un embargo, como en el caso de una jubilada en agosto de 2022 que logró anular un embargo por cuotas alimentarias, ya que su pensión no superaba significativamente el Salario Mínimo, Vital y Móvil de ese momento.

Jolivet Grupo Financiero