Photo by Muhammad Ruqi Yaddin on Unsplash

La rápida reacción oficialista en respuesta al revés electoral "pasista", no tardó en decepcionar a los emprendedores.

Resulta ser que, a pesar que fue anunciado con bombas y platillos, el crédito tasa cero para los monotributistas, tenía una letra chica:

1) Un tope de facturación y/o compras

2) Ser trabajador en relación de dependencia o jubilado, además de Monotributista

Estas situaciones, entre otras, causan el rechazo automático de AFIP.

Cuando pedís  el crédito a tasa cero especial, podés encontrar que la página web de la AFIP rechaza tu solicitud porque tu facturación pasó un límite  de 1,2 veces, el promedio mensual del límite inferior de tu categoría. (¿no entendiste nada? No es para menos... No podían encontrar variables más sencillitas?).

En fin. Trataré: Para los monotributistas de la categoría A, se tomará como límite la suma de $28.000.

En el caso de la facturación electrónica, podrá acceder al crédito a tasa cero si tuviste ingresos durante el primer semestre de 2021 cuyo promedio mensual no sea superior a 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de tu categoría.

Si sos monotributista reciente,  con posterioridad al 1/1/2021, se tomará el promedio de facturación desde la fecha de inscripción hasta el cierre del semestre.

Poca luz al final del camino... Photo by Robert Hrovat on Unsplash

Si no tenés registro de  factura electrónica de tus compras, tendrás que acreditar que el promedio mensual de compras del primer semestre del año 2021 sea inferior al 80% de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría. (¿????)

Trataré:

Si sos  categoría A, se tomará como límite para el 80%, también la suma de $28.000.

En el caso de inicio de actividades con posterioridad al 1/1/2021, se tomará el 80% del importe que resulte de calcular 1,2 veces del promedio de operaciones de compra desde la inscripción hasta el cierre del semestre.

Resumiendo:

Un monotributista de la Categoría A no debería haber facturado más que $24.960 para estar en condiciones de tomar el crédito, cuando en la práctica podía facturar $35.300 sin verse obligado a subir de categoría.

Otros motivos de rechazo:

  1. Inscriptos con posterioridad al 31/5/2021.
  2. Monotribustistas que registren la condición de sucesión indivisa.
  3. Monotributistas que no registren facturación por operaciones de venta, ni de compra
  4. Monotributistas que presten servicios al sector público nacional, provincial o municipal.
  5. Monotributistas con situación crediticia 3; 4; 5 o 6, considerando la situación del solicitante al 30/6/2021.(??????!!!!!!)
  6. Monotributistas a los que se les hubiera ejecutado una garantía otorgada por el Fiduciario del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR), en el marco del crédito a tasa cero del ATP.

O sea: el universo es chico.

Para contactarnos


Para hacer comentarios sobre este post:

Twitter
Facebook
Instagram
Messenger