Fecha Límite en el Horizonte: Todo lo que Debés Saber sobre el Siradig para Empleados
Ojo! El Reloj Avanza: Cómo Cumplir con la Declaración Jurada Siradig antes del 31 de Marzo. Te lo contamos
¿Qué es el Siradig?
Es un Servicio Web que le permite al trabajador, a través de la generación del formulario F. 572 "web", informar las cargas de familia, datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del impuesto a las ganancias, las percepciones o retenciones que le hubieren practicado y los pagos a cuenta realizados, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.
Esta información es remitida electrónicamente al empleador para que realice la liquidación que corresponda.
¿Para qué sirve?
Nada menos que para que retengan lo menos posible, del impuesto a las ganancias (4ta categoría) en tu recibo de sueldos.
¿Quiénes deben presentar este formulario?
Todos los que estén alcanzados por la retención del impuesto a las ganancias de cuarta categoría en su recibo de haberes:
Deberán utilizarlo trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados y otros sujetos que generen rentas comprendidas en la RG 4003/17.
También los actores y actrices que reciban retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores comprendidos en la RG 2442/08.
La carga se realiza con el fin de informar al empleador las deducciones correspondientes y en caso de pluriempleo, los ingresos percibidos por otros trabajos en los que el empleador no actúa como agente de retención.
¿Cuándo debo presentarlo?
Nuestra recomendación es que lo hagas todos los meses. Pero podés presentarlo periódicamente ya que actúa de forma retroactiva.
¿Por qué es tan importante asesorarse en esta fecha?
Porque todas las retenciones de ganancias en tu recibo de haberes que te hicieron durante el 2023, pueden "achicarse" con una última presentación del Siradig. Vence en marzo. Es tiempo de que reacciones.