Afip creó una página web donde todos los ahorristas pueden, a través de número de CUIT o CUIL, conocer si están habilitados. http://servicioswww.anses.gob.ar/censite/

El Banco Central estableció nuevas restricciones para la compra de dólares. "Dicha base de datos está permanentemente actualizada por la ANSES a los fines de garantizar de una manera precisa el servicio. El trámite web se efectúa de manera completa entre los 30 y los 45 segundos de iniciado el mismo", indicaron.

El Banco Central ordena a bancos y financieras a consultar a la web del Anses (de la que recibe una certificación negativa). Sólo si te sale negativa, estás apta/o para comprar dólares. Significa que tenés ingresos propios.

Específicamente, quienes pueden comprar los 200 dólares son:

  • personas con ingresos propios
  • los que están en relación de dependencia
  • los jubilados y pensionados
  • autónomos
  • monotributistas
  • empleadas/os de casas particulares

Todos, con certificación negativa (significa que no recibiste beneficios sociales durante la cuarentena)

En estos tres últimos casos deberás manifestar mediante declaración jurada que no percibiste subsidios de carácter alimentario.

Por otra parte, el Banco Central pide que las entidades financieras requieran "documentación respaldatoria de los ingresos y/o activos del cliente y/o toda otra documentación que les permita evaluar la razonabilidad de que el cliente efectúe ahorros en moneda extranjera".

Mientras tanto, los bancos, que a partir de las nuevas medidas del Banco Central promulgadas el martes pasado no están vendiendo dólares,  culpan a la implementación de consultas con la ANSES.

Según detallaron, ese control solo puede hacerse de forma manual, por lo que se vuelve inviable dadas las miles de operaciones diarias y solicitaron que ANSES les habilite una forma de consulta directa para poder chequear la información. Y que sin eso, la operatoria seguiría frenada.

Les detallo ahora quiénes NO pueden comprar dólares:

  1. Aquellos que reciben ayuda alimentaria y/o que no tienen ingresos comprobados, no podrán comprar dólares (tampoco podrán abrir cuentas en dólares).- La medida alcanza a cualquier tipo de beneficios social ( Tarjeta Alimentar, etc.)
  2. Co-titulares de cuentas bancarias (antes, ambos podían comprar dólares indistintamente. Ahora no. Solo el Titular de la cuenta.
  3. Quienes hayan refinanciado cuotas de créditos personales y prendarios
  4. Quienes hayan refinanciado el saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses
  5. Deudores de créditos hipotecarios UVA
  6. Quienes no tengan ingresos declarados
Photo by Jp Valery / Unsplash

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