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El dinero virtual ha crecido enormemente en el último tiempo. Como ya sabemos, no existe el billete físico; sólo es digital.

Todas las operaciones se realizan de manera virtual.  Se puede invertir, realizar determinadas transacciones para ganar rendimientos o ahorrarlas con el fin de que  aumenten su valor el día de mañana.

Afip está sin regulaciones precisas pero está en eso.  Mientras tanto, salió a la caza de los monotributistas ya que fueron los más perjudicados por la pandemia 2020 y por lo tanto, los más "ayudados" por el Estado. Ponele.

Siguendo esta reflexión, Afip se mostrará inflexible con aquellos que, teniendo los menores ingresos, puedan sin embargo, comprar criptomonedas.

El razonamiento es que  las transacciones con criptomonedas no pertenecen a ninguna de las actividades económicas alcanzadas por monotributo:

1) venta de cosas muebles,

2) locaciones y/o prestaciones de servicios.

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La amenaza de la Afip es excluir al monotributista y pasarlo, de oficio, a ser responsable inscripto.

La exclusión de pleno derecho puede producirse tanto por controles sistémicos o fiscalización presencial, si bien se "encuentra suspendida hasta el 1 de diciembre".

A cuidarse.

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