Inquilinos: ¿deducción del alquiler en el Impuesto a las Ganancias?

Para gozar de este beneficio deben cumplirse ciertas condiciones.

Inquilinos: ¿deducción del alquiler en el Impuesto a las Ganancias?

Si trabajás en relación de dependencia, sos jubilado o estás inscripto en el Régimen de Autónomos y el lugar donde vivís es alquilado, podrás deducir del Impuesto a las Ganancias hasta el 40% de las sumas que pagues en concepto de alquiler, con un límite anual de $66.917,91 para el período 2018; $ 85.848,99 para el período 2019.

Este beneficio significa menor retención de Ganancias por parte de tu empleador o menor monto de pago en caso de que seas autónomo.

¿Cuáles son los requisitos para deducir el alquiler en el Impuesto a las Ganancias?

Para gozar de este beneficio, deberás cumplir las siguientes condiciones:

  • No ser titular de ningún inmueble o terreno, en ninguna proporción.
  • Contar con la documentación respaldatoria del alquiler (contrato y comprobante de pago).

Además podés contribuir con tu parte:

  • Verificando que el propietario se encuentre inscripto en AFIP y te entregue el comprobante correspondiente cuando pagues el alquiler.
  • Validando los comprobantes recibidos a través de nuestro sitio web mediante el servicio “Constatación de comprobantes”.